El Código Penal de Puerto Rico de 2020 establece un marco legal que clasifica las penas en graves, menos graves y leves, dependiendo de la naturaleza del delito cometido. Estas penas buscan garantizar la justicia y la seguridad en la sociedad, estableciendo sanciones proporcionales a la gravedad de la infracción.
En este artículo, nos enfocaremos en las penas graves, que incluyen los delitos de mayor impacto y conllevan sanciones más severas.
Las Penas Graves en Puerto Rico (Código Penal 2020)
El Código Penal de Puerto Rico establece distintas categorías de delitos graves, cada una con su respectiva sanción:
✅ Delito grave de primer grado
🔹 Pena: 99 años de reclusión
✅ Delito grave de segundo grado severo
🔹 Pena: 25 años de reclusión
✅ Delito grave de segundo grado
🔹 Pena: 15 años de reclusión
✅ Delito grave de tercer grado
Restricción terapéutica
Restricción domiciliaria
Servicios comunitarios
🔹 O combinación de estas penas por un término fijo de 8 años de reclusión
✅ Delito grave de cuarto grado
Restricción terapéutica
Restricción domiciliaria
Servicios comunitarios
🔹 O combinación de estas penas por un término fijo de 3 años de reclusión
Citación universal: PR Laws tit. 1, § 5415 (2020)
Los delitos graves que se tipifican en leyes penales especiales bajo el sistema de clasificación de delitos de la Ley 149-2004, según enmendada, conocida como “Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, estarán sujetos a las siguientes penas, hasta que se proceda a enmendarlas para atemperarlas al sistema de sentencias fijas adoptado en el Código de 2012, según enmendado.
(a) Delito grave de primer grado.— Conllevará una pena de reclusión por un término fijo de noventa y nueve (99) años. En tal caso, la persona puede ser considerada para libertad bajo palabra por la Junta de Libertad Bajo Palabra al cumplir treinta y cinco (35) años naturales de su sentencia, o diez (10) años naturales, si se trata de un menor procesado y sentenciado como adulto.
(b) Delito grave de segundo grado severo.— Conllevará una pena de reclusión por un término fijo de veinticinco (25) años. En tal caso, la persona puede ser considerada para libertad bajo palabra por la Junta de Libertad Bajo Palabra al cumplir el setenta y cinco (75) por ciento del término de reclusión impuesto.
(c) Delito grave de segundo grado.— Conllevará una pena de reclusión por un término fijo de quince (15) años. En tal caso, la persona puede ser considerada para libertad bajo palabra por la Junta de Libertad Bajo Palabra al cumplir el setenta y cinco (75) por ciento del término de reclusión impuesto.
(d) Delito grave de tercer grado.— Conllevará una pena de reclusión, restricción terapéutica, restricción domiciliaria, servicios comunitarios, o combinación de estas penas, por un término fijo de ocho (8) años. En tal caso, la persona podrá ser considerada para libertad bajo palabra por la Junta de Libertad Bajo Palabra al cumplir el setenta y cinco (75) por ciento del término de reclusión impuesto.
(e) Delito grave de cuarto grado.— Conllevará una pena de reclusión restricción terapéutica, restricción domiciliaria, servicios comunitarios, o combinación de estas penas, por un término fijo de tres (3) años. En tal caso, la persona puede ser considerada para libertad bajo palabra por la Junta de Libertad Bajo Palabra al cumplir el setenta y cinco (75) por ciento del término de reclusión impuesto.
(f) Delito menos grave.— Conllevará una pena no mayor de noventa (90) días o una pena de servicios comunitarios no mayor de noventa (90) días, o reclusión o restricción domiciliaria hasta noventa (90) días, o una combinación de estas penas cuya suma total de días no sobrepase los noventa (90) días.
La Lcda. Ivette Montes Lebrón, Abogada-Notaria y Conferencista Internacional, con más de 26 años de experiencia, presidenta de la Alianza de Juristas Cristianos, Inc. Durante los últimos 15 años, ha abogado por los derechos constitucionales, la libertad de conciencia y culto. Nuestro compromiso es brindarte orientación legal experta y apoyo en tus asuntos legales. ¡No dudes en contactarnos para obtener la asistencia que necesitas!
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