El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) ha extendido la fecha límite para la implementación del Real ID hasta el 7 de mayo de 2025.
Departamento de Seguridad Nacional
A partir de esa fecha, todas las personas mayores de 18 años que deseen abordar vuelos domésticos o acceder a instalaciones federales restringidas deberán presentar una identificación que cumpla con los estándares del Real ID.
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En Puerto Rico, el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) es la entidad encargada de emitir las licencias de conducir y tarjetas de identificación que cumplen con los requisitos del Real ID.
¿Qué es el Real ID?
El Real ID es una iniciativa federal que establece estándares de seguridad más estrictos para las licencias de conducir y tarjetas de identificación emitidas por los estados y territorios de EE. UU. Su objetivo es mejorar la seguridad nacional y evitar el uso fraudulento de identificaciones.
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Requisitos para obtener el Real ID en Puerto Rico
Para solicitar una licencia o identificación con Real ID en Puerto Rico, debe presentar los siguientes documentos en el CESCO:
Solicitud completada: Disponible en los CESCO, colecturías del Departamento de Hacienda y en la página web del DTOP.
Certificado de nacimiento de Puerto Rico o pasaporte vigente.
Tarjeta de Seguro Social no laminada o, en su defecto, una hoja de retención de contribuciones (W-2).
Evidencia de dirección física: Como un recibo de agua, luz, servicio de telefonía móvil o estado de cuenta bancaria.
Certificado médico: Con una vigencia no mayor a seis meses.
Costos asociados
Los costos para obtener una identificación o licencia con Real ID en Puerto Rico varían según el tipo de trámite:
Primera vez: $19.
Renovación: $31.
Duplicado: $17.
Para obtener información específica, se recomienda visitar uno de los CESCO o acceder a la página web del DTOP.
Importancia de obtener el Real ID antes de la fecha límite
Aunque la fecha límite se ha extendido hasta el 7 de mayo de 2025, es recomendable no esperar hasta el último momento para obtener su Real ID. Contar con esta identificación le permitirá:
Abordar vuelos domésticos sin necesidad de presentar un pasaporte.
Acceder a instalaciones federales restringidas, como bases militares o edificios gubernamentales.
Conducir su vehículo sin restricciones adicionales, siempre que su licencia esté vigente.
Consideraciones adicionales
Menores de edad: El requisito del Real ID aplica únicamente a personas de 18 años o más. Sin embargo, las licencias y las identificaciones con Real ID pueden expedirse a personas de 16 años en adelante.
Uso de licencias sin Real ID: Después del 7 de mayo de 2025, las licencias de conducir sin la designación de Real ID seguirán siendo válidas para conducir, pero no serán aceptadas para abordar vuelos domésticos ni para acceder a instalaciones federales restringidas.
Fuente: https://www.dtop.pr.gov/real-id
Publicado Jan 08, 2025
La Lcda. Ivette Montes Lebrón, Abogada-Notaria y Conferencista Internacional, con más de 24 años de experiencia, presidenta de la Alianza de Juristas Cristianos, Inc. Durante los últimos 15 años, ha abogado por los derechos constitucionales, la libertad de conciencia y culto. Nuestro compromiso es brindarte orientación legal experta y apoyo en tus asuntos legales. ¡No dudes en contactarnos para obtener la asistencia que necesitas!
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